LA MORAL Y LA LEY EN LA REAL CÁRCEL DE VERA. 1795

Pensamientos en torno a un documento del Archivo Municipal de Vera sobre la moralidad y la Real Cárcel de Vera.

17 de febrero a las 12:40

Hace unos días, Manuel Caparrós, archivero municipal, me facilitó un expediente judicial [267-3], que me resultó curioso y, pasado el tiempo, con un toque de humor, que hizo que, a lo largo de la lectura de los 82 folios que forman parte de ese expediente, me sonriera, a veces, con las respuestas que daban al fiscal, además de imaginarme essaysbuy.com la grotesca situación que se vivió en Vera, aquella noche del 22 de marzo de 1.795.
En las fotos podemos ver la portada del expediente, la primera página del mismo y la firma del Alcalde Mayor, que impartía justicia, al final de todo el proceso.

1795 A

Ocurrió, que a las nueve de la noche de aquel día, le llegó a D. Juan de Llobes y Rapela, Alcalde Mayor, la noticia de que en la cárcel de Vera , dos presos vecinos de Cuevas, habían pasado la noche con dos mujeres de la misma vecindad, con el consentimiento de Ginés López Carretero, alcaide de la prisión, según se escribe en el expediente con «menosprecio de la conciencia y poco acatamiento de la Real Jurisdicción».

cárcel
Nuestro Alcalde Mayor, manda a los alguaciles a comprobar lo ocurrido y, poco después, a las 10 de la noche, se persona él acompañado del escribano Juan Belmonte y del «justicia de la audiencia» Pedro Galindo, para dejar constancia de los hechos. Cuando llegan, el Alcalde Mayor ordena al carcelero, que abra la celda que ocupaban los prisioneros y, según se describe en ese expediente, la celda estaba totalmente a oscuras, y con la luz de las antorchas que llevaban, sorprenden a los presos acostados con las mujeres, todos desnudos, aunque unas líneas más abajo, dice que una de ellas estaba «en paños menores» y encorvada. No quiero ni imaginármelo.
Comienzan a tomar declaración a las mujeres. Una de ellas dice llamarse Juana Rodríguez y ser vecina de Cuevas, de estado viuda. De la otra no consta el nombre, se limitan a decir, que su nombre figura en informe aparte. ¿Quien sería la mujer?, a lo largo del proceso no se la menciona y siempre que hablan de ella lo hacen en los términos «LA OTRA MUJER, CUYO NOMBRE FIGURA EN INFORMA APARTE», ¿Sería alguien importante o al menos muy conocida?, bueno, fuera quien fuera, el caso es que también estaba allí.

1895 B
Este par de sujetos, estaban presos acusados de «vagos y mal entretenidos», tal vez, por eso estas mujeres fueron a visitarlos, para entretenerlos mejor y así exculparlos de parte de la acusación.
Comienza el interrogatorio, que no tiene desperdicio, y le preguntan a Juana, que cómo se atrevió a cometer falta de tanta gravedad, «durmiendo con ellos y cometiendo ofensas a Dios, con menosprecio de su conciencia». La buena de Juana, ni corta ni perezosa, contesta que con motivo de ver a su cuñado, primo y compadre abandonado y que su mujer no le traía de cenar, se condolió de él y por eso vino a favorecerlo en esa ocasión, digo yo, que además le daría de cenar, supongo.

1795 C
Luego preguntaron al alcaide de la prisión, que en aquel tiempo tenía 36 años, y por tanto estaba en edad de merecer, que por qué había dejado entrar a las dos mujeres, «yendo contra la moral y la ley, cometiendo tan grave falta». El hombre tampoco fue muy convincente, alegó que lo persuadieron con plegarias y ruegos y que al llevar un niño pequeño, las hizo mujeres de los presos. Yo creo que ni el Alcalde mayor ni el escribano ni el justicia de la audiencia se creyeron su excusa, más bien pensarían que también le habían dado de cenar a él.
A la otra mujer (la que no se nombra en el expediente), le preguntan que por qué estaba allí y que si conocía a los presos, ella tampoco se achanta y, me imagino que con el desparpajo que dan ese tipo de experiencias en la vida, les responde que no los conocía y que ella sólo acompañaba a Juana, que había ido a Vera a vender una piezas de tela y unos hilos.

Pensaría la buena mujer, «ya que estamos aquí…»
Así continúa el interrogatorio con preguntas lógicas y respuestas increíbles.
Bueno, vamos a terminar, porque si no acabaré contando los 82 folios.

La sentencia que se dictó , a petición del «fiscal de oficio», fue que por la acusación de prostitución, excesos e incontinencia contra la moral y el orden, se condena a las mujeres a 6 meses de destierro a una distancia de 6 leguas y a Ginés López Carretero, alcaide de la prisión, a la privación de su ejercicio y a no poder ejercer cargos públicos durante 8 años, ademas de una multa de 19 ducados a cada uno de ellos, más el pago de las costas del proceso o al embargo de sus bienes hasta cubrir esos importes.
De los presos no se dice nada, supongo que considerarían suficiente que permanecieran en prisión, además de quedarse sin cena hasta que salieran de la cárcel.

Fuentes Documentales Estudio Tierra de Vera Judiciales
ASUNTO
1795, marzo, 22 – septiembre, 3. Vera. Juan José de Llobes y Rapela, alcalde mayor, contra Juana Rodríguez Piñar y otra mujer de nombre reservado, vecinas de Cuevas, por prostitución en la cárcel de Vera, y contra Ginés López Carretero, alcaide de la cárcel por permitirlo. 72 f. A.M.V. 267-3
17-02-2016
Gabriel Flores Garrido
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