Actos vandálicos

 #HazTuParte contra los
actos vandálicos.

 

→ Quedan prohibidas las conductas agresivas o inadecuadas en el uso del espacio y mobiliario urbanos que puedan generar deterioro de los bienes públicos o privados.

→ Están especialmente prohibidos los actos que puedan
considerarse vandálicos, como causar destrozos en los espacios públicos o de sus instalaciones o elementos, sean muebles o inmuebles.

→ No se permite el baño introduciéndose en fuentes, estanques, lagos y similares, ni lavar o arrojar en ellos ningún tipo de objeto.

→ Queda prohibida, calificándose como de especial gravedad, toda manipulación no autorizada sobre elementos sitos o pertenecientes a las zonas verdes del municipio, y que supone un inexcusable desprecio hacia unos espacios especialmente dispuestos para el disfrute ciudadano. Así queda prohibido toda manipulación maliciosa realizada sobre árboles y plantas; talar, arrancar o partir árboles; pelar o arrancar sus cortezas; el deterioro malintencionado del césped y zonas ajardinadas ornamentales; el deterioro de estatuas mediante cualquier acción sobre ellas que desmerezca su valor decorativo y artístico; encender fuego salvo en lugares expresamente autorizados y con las cautelas debidas; efectuar inscripciones o pegar carteles en los cerramientos, elementos de mobiliario urbano o en cualquier elemento existente en los parques y jardines; la manipulación y consiguiente deterioro de las cañerías o elementos de las fuentes; así como cualquier acción o conducta sobre los elementos del mobiliario allí existente, incluidos los juegos infantiles, que los ensucie, perjudique o deteriore mediante un uso que exceda del normal y adecuado.

 

 Acción sancionable:

El incumplimiento de la ordenanza puede acarrear sanciones de hasta 1500€.

 Infórmate de todas las acciones sancionables:

#HazTuParte de acampada

#HazTuParte
con tu jardín

#HazTuParte con tus enseres