Acampadas
![](https://blog.vera.es/cuentacontigo/wp-content/uploads/sites/16/2020/03/acampadas-grande.png)
#HazTuParte y acampa
en los espacios
permitidos para ello.
Se prohíben las acampadas en las vías y espacios públicos que carezcan de la correspondiente autorización, y muy especialmente, aquellas que teniendo en cuenta las características de las instalaciones utilizadas y su permanencia temporal puedan calificarse como asentamientos.
Acción sancionable:
El incumplimiento de la ordenanza puede acarrear sanciones de hasta 300€.